21 | 10 | 2022 Economía
Tiene media sanción el proyecto de Ley Tributaria 2023

La Cámara de Senadores dio media sanción al Proyecto de Ley remitido por el Ejecutivo provincial por medio del cual se establece la política tributaria que será aplicable en la provincia a partir del período fiscal 2023. El proyecto fue girado a la Cámara de Diputados para su tratamiento.
La propuesta contempla una actualización del Impuesto Inmobiliario Rural y el Impuesto Inmobiliario Urbano y Suburbano, estableciendo incrementos por debajo del índice de la inflación acumulada en los últimos 12 meses.
El proyecto también expresa la adecuación por debajo del índice inflacionario de los valores mínimos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, los rangos del Régimen Tributario Simplificado, el valor unitario de los Módulos Tributarios a los fines del Impuesto de Sellos y las Tasas Retributivas de Servicios y Patente Única sobre Vehículos.
La actualización de los rangos del Régimen Tributario Simplificado se efectúo con un índice menor al aplicado para el Impuesto Inmobiliario, en razón de las dificultades propias de esta franja de contribuyentes -comerciantes minoristas en su gran mayoría- y teniendo como objetivo contribuir a la recuperación de dicho sector golpeado fuertemente por la Pandemia Covid-19.”
Se renueva el beneficio para el caso de los pequeños propietarios rurales, contribuyentes del Impuesto Inmobiliario rural, titulares de partidas inmobiliarias, cuya sumatoria no supera la cantidad de cincuenta (50) hectáreas y resulten explotadas por ellos mismos, se propone que el pago del año fiscal 2023 sea el mismo que el que vienen abonando desde el año 2019.
En el proyecto se propone también, el otorgamiento de beneficios para contribuyentes cumplidores, de tal manera que los titulares de partidas inmobiliarias que no hayan registrado deudas al finalizar los años fiscales 2021 y 2022, contarán con la exención del pago de la última cuota del impuesto que se emita en el año fiscal 2023, como respuesta a la buena conducta fiscal.
En el impuesto de sellos, se propicia una importante reducción de la alícuota general, y la eximición del tributo para el productor en los contratos asociativos tamberos, procurando dar respuestas a las entidades de distintos sectores productivos que lo han solicitado.
Por su parte, en relación a la Patente Única sobre Vehículos, no se ha realizado una variación de las alícuotas, pero considerando que dicho tributo guarda una relación directa con las valuaciones de los vehículos, las cuales han experimentado en el corriente año incrementos importantes, a fin de mantener los valores del impuesto dentro de parámetros razonables, se ha establecido un tope del 50% para el incremento del año fiscal 2023 con relación al impuesto determinado para el corriente año fiscal.
Respecto a los incentivos al cumplimiento voluntario, también se propicia contemplar beneficios extraordinarios para el pago de contado o por adhesión al débito automático en cuentas bancarias, consistentes en que la bonificación por el pago total anual del Impuesto Inmobiliario y Patente Única sobre Vehículos, tenga un descuento del 35% y para quienes paguen las cuotas de dichos impuestos, a través de la adhesión al débito en cuenta bancaria, el descuento sea del 25%.